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Ingreso de material promocional

La importación de material promocional proveniente de la Argentina o aquellos a ser utilizados o distribuidos gratuitamente en ocasión o en función de ferias, exposiciones, workshops, congresos, convenciones, seminarios, u otras actividades con carácter turístico, educativo, cultural, deportivo, religioso o comercial, están exentas de tributos.

A esos fines, es considerado material promocional:

- Folletos, panfletos, catálogos, revistas, carteles, guias, fotografias, mapas ilustrados y otros materiales gráficos similares; 

- Películas, "slides", cintas de vídeo, DVD y semejantes, conteniendo material de carácter promocional; y 

- Regalos y semejantes, así considerada cualquier mercadería estrictamente promocional, observando el limite de valor (FOB) global de US$ 5,000.00, por expositor.

La entrada de tales bienes desde otros estados partes del Mercosur puede tramitarse con la presentación al momento del ingreso al país del formulario Declaração Aduaneira de Material Promocional (DAMP), acompañado de comprobantes de la realización del evento hacia el que el producto se dirige y constancias de la participación del solicitante en el mismo.

Mayor información puede encontrarse en la página de la Receita Federal http://www.receita.fazenda.gov.br/Aduana/RegAdmExportTemp/CircMatProMercosul.htm

 

 

 

Fecha de actualización: 27/10/2011