Qué puede hacer un cónsul por usted
Permitir la utilización de la dirección postal de la oficina Consular para la recepción de correspondencia privada.
Orientarlo en materia de asistencia jurídica, médica, notarial, etc.
Asistir a personas accidentadas.
Otorgar Pasaportes
Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes o fallecimientos, catástrofes y, brindarles asesoramiento.
Interesarse por los connacionales detenidos o en prisión y, bajo ciertas circunstancias, transmitir mensajes a parientes.
Asegurar la defensa en juicio de los ciudadanos argentinos.
Solicitar el paradero de personas a las autoridades locales.
Expedir venias de viaje a menores con el consentimiento de ley de los titulares de la patria potestad.
Atender los intereses de los connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
Procurar comunicarse con familiares o allegados para informarles de su situación y necesidades.
Velar por los intereses de argentinos menores o incapaces, particularmente en lo referido a la institución de la tutela o curatela.
Autorizar todos los actos que pueden efectuar los Escribanos Públicos, especialmente legalizaciones.
Realizar opción de Nacionalidad de menores residentes en el exterior.
Qué no puede hacer un cónsul por usted
Ser parte en procesos judiciales u obtener su eximición de prisión.
Proporcionar asesoramiento legal o impulsar procesos judiciales en su nombre.
Procurarle un tratamiento diferenciado del que se brinda a los nacionales del país en hospitales o prisiones.
Realizar tareas que correspondan a agencias de viaje, aerolíneas, bancos, etc.
Proporcionarle pasajes o medios para regresar a la República o continuar viaje a otro punto, excepto en circunstancias muy especiales de repatriación.
Proporcionarle dinero o hacerse cargo del pago de sus cuentas (facturas hoteleras, legales, médicas o de cualquier otro tipo).
Gestionarle alojamiento, residencia, trabajo o permiso de trabajo como asimismo constituirse en su garante o fiador.